Vuelve a la página principal
COFI:FT/VII/2000/5





Tema 7.1 del programa provisional

COMITÉ DE PESCA

SUBCOMITÉ SOBRE COMERCIO PESQUERO

Séptima reunión

Bremen, Alemania, 22-25 de marzo de 2000

APLICACIÓN DE LOS ACUERDOS DE LA ORGANIZACIÓN MUNDIAL DEL COMERCIO Y LAS NEGOCIACIONES COMERCIALES MULTILATERALES:

Acuerdos sobre la aplicación de
medidas sanitarias y fitosanitarias,
obstáculos técnicos al comercio, y
subvenciones y medidas compensatorias

Indice



INTRODUCCIÓN

1. La pesca mundial aporta cada año para el consumo humano unos 80 millones de alimentos, casi los dos tercios de los cuales se elaboran de alguna forma. Más de la tercera parte de los productos pesqueros se exporta y las exportaciones de los países en desarrollo representan alrededor del 50 por ciento del total. La UE, EE.UU. y Japón, son los principales exportadores. Las exportaciones de productos pesqueros contribuyen notablemente a los ingresos en divisas de los países en desarrollo, pero los nuevos obstáculos al comercio podrían frenar la expansión ulterior del comercio.

2. La Ronda Uruguay de Negociaciones Comerciales Multilaterales redujo muchos derechos de importación, facilitando así el comercio internacional. Es posible que la Ronda de Negociaciones del Milenio dé lugar a nuevas reducciones en los aranceles y a la disminución de los obstáculos generales al comercio, ya que muchos productos pesqueros y, en particular, los productos de valor añadido están sujetos todavía a elevados aranceles. Parece que la atención de muchos países importadores se ha orientado hacia otras medidas relacionadas con los productos pesqueros importados. En particular, la introducción de sistemas de garantía de calidad basados en el análisis de peligros y de puntos críticos de control (HACCP) para las exportaciones a los principales mercados ha cobrado una importancia considerable. Los resultados de las negociaciones de la Ronda Uruguay, en la que los países participantes se comprometieron a eliminar o reducir los aranceles y las medidas arancelarias aplicables al comercio de bienes, se recogen en las Listas de Concesiones que constituyen un anexo al Protocolo de Marraquesh y son parte integrante del GATT 1994.

3. Se espera que la demanda de productos pesqueros crezca en el futuro, impulsada por el crecimiento demográfico y por el aumento del poder adquisitivo de los consumidores. Como no se conoce que existan importantes recursos ícticos silvestres sin explotar, las posibilidades de crecimiento de los suministros se basan en el incremento de la producción acuícola, la reducción de las pérdidas poscaptura y una mayor utilización de las capturas para el consumo humano. Una utilización mejor exige el desarrollo de nuevos productos o de formas de productos a partir de recursos actualmente infrautilizados, como los pelágicos pequeños. Al mismo tiempo, el crecimiento en los principales mercados de la demanda de productos fáciles de preparar da a los países exportadores la oportunidad de combinar la introducción de la garantía de calidad, por ejemplo, los sistemas basados en HACCP, con la producción de productos pesqueros de mayor valor añadido para dichos mercados.

4. La finalidad de este documento es ofrecer un breve resumen de los acuerdos que son específicamente pertinentes para el comercio1 internacional del pescado y contribuir a los debates del Subcomité sobre determinados problemas que los países pueden haber encontrado en la aplicación de los acuerdos. La descripción de los distintos acuerdos no debería limitar los debates a ellos y, si otros acuerdos han creado problemas (o cabe esperar que causen efectos no deseados en el futuro), habría que mencionarlos también2.

ACUERDO SOBRE LA APLICACIÓN DE MEDIDAS SANITARIAS Y FITOSANITARIAS (ACUERDO MSF)

5. El Acuerdo MSF es uno de los más pertinentes para el comercio pesquero, ya que las medidas sanitarias pueden resultar un medio de proteccionismo para los países importadores. Las disposiciones pertinentes del Acuerdo MSF en relación con el comercio de pescado y productos pesqueros son:

    1. La exigencia de utilizar principios de armonización, es decir, establecer normas nacionales sanitarias y fitosanitarias que reflejen las normas acordadas en las instituciones internacionales competentes, por ejemplo, el Codex Alimentarius;
    2. La exigencia, cuando no existan normas internacionales o no sea procedente la armonización, de utilizar el principio de equivalencia alternativa, en virtud del cual el país importador acepta que las MSF del país exportador constituyen un nivel apropiado de protección de la salud, incluso en los casos en que difieran de las medidas utilizadas en el país importador;
    3. La exigencia de pruebas científicas o de una evaluación apropiada de riesgos, si el país tiene intención de no basarse en la armonización o equivalencia, sino más bien en sus propias normas internas.

6. La inocuidad de los alimentos de origen marino ha cobrado una importancia muy considerable a lo largo de los años y se ha creado una serie bastante compleja de situaciones comerciales como consecuencia del incremento del comercio de productos pesqueros. Además, las medidas relacionadas con la calidad e inocuidad de los alimentos marinos pueden constituir uténticos obstáculos no arancelarios para el comercio.

7. El estudio de la FAO sobre los aspectos económicos de los programas de análisis de peligros y de puntos críticos de control (HACCP)3 concluye que es necesario calcular el valor económico y las repercusiones de la consecución de alimentos marinos más inocuos a los niveles del consumidor, de la producción y elaboración de alimentos marinos, del comercio y gubernamentales. El estudio señala que las posibilidades de aplicación o las características técnicas de los sistemas de garantía de calidad e inocuidad de los alimentos marinos se conocen bastante bien y puede accederse a ellas a través de las publicaciones del Codex, pero que se ha investigado sólo en medida limitada sobre sus repercusiones económicas. En el futuro, será necesario hacer estudios económicos, así como evaluaciones de riesgos, para evaluar plenamente las repercusiones de los sistemas de garantía de calidad.

ACUERDO SOBRE LOS OBSTÁCULOS TÉCNICOS AL COMERCIO (ACUERDO OTC)

8. Los reglamentos o normas técnicas aplicados a los productos pesqueros pueden provocar a veces distorsiones u obstáculos al comercio. Por ejemplo, ha habido controversias de etiquetado en relación con las sardinas en conserva entre Canadá y la Comisión Europea. Otro ejemplo son los procedimientos de ensayo para los alimentos marinos frescos importados, que a veces son más largos que la duración en almacén del producto. Son bien conocidos los casos de los túnidos/delfines y camarones/tortugas.

9. Una novedad relativamente reciente es el ecoetiquetado de los productos4 pesqueros con el fin de informar a los consumidores sobre el origen del producto, con particular referencia a la sostenibilidad y ordenación del recurso y a métodos ecológicos de recolección y elaboración.

10. Aparte de las cuestiones relacionadas con la validez de los principios y criterios utilizados, se han planteado numerosas cuestiones sobre los procedimientos de ecoetiquetado, tales como:

    1. Cómo se puede vigilar la serie de operaciones desde la captura hasta la elaboración y la venta al por menor de forma fiable; y
    2. Cuáles serán la consecuencias para las pesquerías en pequeña escala de los países en desarrollo y los productos resultantes.

ACUERDO SOBRE SUBVENCIONES Y MEDIDAS COMPENSATORIAS

11. Aunque se utilizan ampliamente las subvenciones en muchos sectores de la industria pesquera en varios países, pocas veces han dado lugar a medidas compensatorias. Sin embargo, los derechos especiales aplicados al salmón de Noruega y Chile por los Estados Unidos y la UE son ejemplos de que pueden utilizarse tales medidas. El Acuerdo sobre las Subvenciones debería regular las subvenciones en el sector pesquero dado que el pescado y los productos pesqueros quedaron excluidos del Acuerdo sobre la Agricultura5. Podría desempeñar una función importante en futuras negociaciones comerciales multilaterales. Varios países están estudiando esta posibilidad y analizando los efectos de las subvenciones en el comercio internacional de productos pesqueros.

CUESTIONES SIN RESOLVER

12. Varios impedimentos al comercio se relacionan con cuestiones ambientales derivadas de la preocupación creciente por la sostenibilidad de la pesca y el impacto ambiental de la misma. Ejemplos de ello son los planes de certificación y ecoetiquetado. Ejemplos de cuestiones sin resolver de importancia para la pesca, que podrían examinarse en futuras negociaciones, son el problema de si las medidas adoptadas por razones ambientales que crean obstáculos al comercio son legítimas dentro de los reglamentos comerciales acordados internacionalmente. Cómo deben considerarse las excepciones en el ámbito del Artículo XX en el caso de la pesca y la acuicultura; y también, si los boicots o prohibiciones establecidos por gobiernos subnacionales, y no por los nacionales, se hallan en conformidad con los reglamentos del GATT/OMC.

MEDIDAS QUE SE PROPONEN AL SUBCOMITÉ

13. Como la aplicación de los Acuerdos de la Organización Mundial del Comercio tiene repercusiones importantes para el comercio internacional de productos pesqueros, se invita al Subcomité a que examine la posibilidad de realizar estudios y adoptar otras medidas para facilitar la aplicación de los acuerdos existentes y evitar o reducir al mínimo el trastorno de las corrientes comerciales.

1 El Subcomité los examinó en detalle en su quinta reunión (documento COFI:FT/V/96/3 "Repercusión de los resultados de la Ronda Uruguay y de la creación de la Organización Mundial del Comercio para el comercio pesquero internacional").

2 Como ejempos posibles cabe citar los acuerdos sobre:
- la aplicación del Artículo VI del Acuerdo General sobre Aranceles y Comrcio (GATT) 1994 (anti-dumping);
- procedimientos de concesión de licencias de importación;
- salvaguardias;
- aspectos de los derechos de propiedad intelectual relacionados con el comercio (ADPIC).

3 FAO, Documento Técnico de Pesca, Nº 381.

4 Se examinó este tema en la sexta reunión del Subcomité (véase el párrafao 13 del Informe). "El Consejo de la FAO reconoció que el ecoetiquetado era un tema discutido y que la FAO debía continuar su labor en esta esfera. El Consejo subrayó la necesidad de asegurar que todo plan de ecoetiquetado fuera transparente, voluntario y no discriminatorio y que no se utiliza para limitar el comercio" (Informe del 116º período de sesiones del Consejo de la FAO, párr. 33).

5 El Acuerdo sobre la Agricultura contiene reglamentos relacionados con las subvenciones en el sector agrícola, los cuales son menos rigurosos o permiten una mayor demora en la aplicación que los reglamentos del Acuerdo sobre las Subvenciones.